Vender y alquilar
Heredar plazas de garaje
Tres hermanos y dos plazas de garaje. O tres hermanos y una. Es el reparto que más discusiones da en proporción a lo que vale, porque una plaza no se corta por la mitad y porque casi nadie quiere quedarse con la de todos.
Lo primero: ver si la plaza se puede repartir sola
Si el garaje es finca registral independiente, entra en el caudal como un bien más y se puede adjudicar a quien sea. Si es anejo del piso, va con el piso: forma parte de su descripción en el título constitutivo y no se separa sin modificarlo. Y si es una cuota indivisa de un local, lo que se hereda es esa cuota, con lo que eso arrastra.
Nadie está obligado a quedarse dentro
El Código Civil dice que ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia, salvo que el testador la prohíba expresamente. Y para lo que no se puede trocear tiene una regla muy concreta: cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno, a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero; pero bastará que uno solo de los herederos pida su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, para que así se haga.
Esa segunda frase conviene leerla despacio. Un solo heredero puede llevar la plaza a subasta, y allí se rematan por debajo de lo que valen. Casi cualquier reparto razonable es mejor que llegar a eso.
Si alguien vende su parte antes de repartir
También está previsto: si uno de los herederos vende a un extraño su derecho hereditario antes de la partición, los demás coherederos pueden subrogarse en lugar del comprador reembolsándole el precio, siempre que lo hagan en el plazo de un mes desde que se les hace saber. Es corto. Si te avisan, muévete.
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Es lo que ocurre cuando se adjudica la plaza a los tres por partes iguales para no discutir. Funciona hasta que uno quiere su dinero. El Código Civil dice que ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad y que cada uno puede pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común. Cuando la cosa es esencialmente indivisible y los condueños no convienen en adjudicarla a uno indemnizando a los demás, se vende y se reparte el precio.
Los papeles y los impuestos
- Escritura de aceptación y adjudicación de herencia, con la plaza descrita por su finca registral y su referencia catastral.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: la gestión y las reducciones las regula cada comunidad autónoma, así que la cifra hay que mirarla en la tuya.
- Plusvalía municipal en el ayuntamiento donde esté el garaje, que puede no ser el del piso.
- Registro y Catastro: cambiar la titularidad en los dos. Un garaje sin actualizar es el que aparece diez años después bloqueando una venta.
Un consejo: tasa la plaza antes de repartir. Casi todas las peleas de herencia sobre garajes empiezan porque cada hermano tiene en la cabeza un precio distinto.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
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