Proteger la casa

El seguro de un garaje o un trastero

Casi nadie asegura su plaza ni su trastero, y casi nadie sabe qué pasa si se inunda el sótano o si el coche de al lado arde. Aquí no hay una póliza obligatoria para ti: hay tres seguros distintos que se solapan mal.

Los tres seguros que hay en juego

Comunidad, hogar y coche: casi nunca cubren lo mismo.
  • El de la comunidad. Cubre los elementos comunes del edificio: la rampa, la puerta y su motor, la instalación, la estructura. Y la responsabilidad civil si el edificio causa un daño a alguien.
  • Tu seguro de hogar. Puede cubrir el garaje y el trastero, pero normalmente sólo si están declarados en la póliza y con un límite propio, más bajo que el de la casa.
  • El del coche. El vehículo va por lo suyo, y lo que llevas dentro del maletero depende de la modalidad contratada.

El hueco típico está entre los tres: los enseres de tu trastero. Si no los has declarado, no los cubre nadie.

¿Es obligatorio asegurar la comunidad?

En España no hay una norma estatal que obligue a una comunidad de propietarios a tener seguro: la Ley de Propiedad Horizontal no lo exige. Sí lo exigen dos comunidades autónomas por su cuenta: Madrid, por la Ley 2/1999 de Medidas para la Calidad de la Edificación, y la Comunidad Valenciana, por la Ley 8/2004 de la Vivienda. En ambos casos con un mínimo de incendio y responsabilidad civil frente a terceros.

En Castilla-La Mancha no es obligatorio por ley, pero en la práctica lo tienen casi todas las comunidades, y una junta puede acordar contratarlo. Si tu garaje es una comunidad aparte, o una comunidad de bienes en proindiviso, comprueba si de verdad tiene póliza propia: hay sótanos que no la tienen y nadie se ha dado cuenta.

Lee también: El seguro de hogar: lo que cubre y lo que no Continente, contenido y responsabilidad civil. Por qué el infraseguro es la trampa que descubres el día del siniestro.

Lo que hay que mirar en la póliza

  1. Que el garaje y el trastero aparezcan escritos, con su número, y no dados por supuestos.
  2. El agua. Es el siniestro más frecuente en sótanos: bajantes, arquetas, filtraciones y el desagüe que revienta con una tormenta.
  3. El robo en trastero, con su límite. Suele ser muy inferior al de la vivienda.
  4. La responsabilidad civil. Si de tu plaza sale un incendio o una fuga, responde esto.
  5. Qué queda excluido. Objetos de valor, mercancía de un negocio y material almacenado sin declarar suelen estar fuera.

Si lo tienes alquilado

El inquilino guarda sus cosas bajo su riesgo, y conviene decirlo en el contrato: tú aseguras el continente, él responde del contenido si lo quiere cubrir. Lo que no puedes hacer es asegurar tú sus enseres sin declararlos, porque a la hora del parte no habrá por dónde cogerlo.

Cuando toca dar el parte

Fotos del mismo día, y las de antes si las tienes. Avisa a la vez a tu aseguradora y al administrador, porque si el origen es un elemento común la que paga es la póliza de la comunidad y hay que abrir los dos expedientes. Y si ha habido robo, denuncia: sin ella no hay indemnización, por pequeño que sea el valor.

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Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.

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Fuentes: Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, Ley 2/1999 de Medidas para la Calidad de la Edificación de la Comunidad de Madrid y Ley 8/2004 de la Vivienda de la Comunidad Valenciana.

Texto revisado el 20/08/2026. Las cifras de anuncios, precios y gangas se calculan con el catálogo de hoy.